Calculadora de Cesantías e Intereses

Calcula de forma proporcional cesantías y sus intereses legales. Puedes cambiar SMMLV y auxilio para adaptarlo al período exacto.

Comprueba cesantías e intereses por separado

El caso sintético usa base de $2.000.000, 180 días y transporte suministrado por el empleador, sin auxilio ni acuerdo mensual. Reemplaza los campos y permite restaurarlos.

Referencia documental: SMMLV 2026 de $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025; antecedente transitorio Decreto 0159 de 2026). El Consejo de Estado informó el 17 de julio que revocó la suspensión, sin cambiar el monto; el proceso de fondo requiere seguimiento. Auxilio de $249.095 por Decreto 1470 de 2025. Confirma los valores del período en la guía normativa.

Información actualizada

Datos, fuentes y contacto

La fecha corresponde a la revisión documental de las explicaciones, fuentes y ejemplos. No certifica las fórmulas ni constituye una revisión jurídica profesional del cálculo o de un caso particular.

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Última revisión documental

Guía práctica para interpretar el cálculo

Cesantías = base aplicable x días / 360. Intereses del régimen anual = cesantías causadas x 12 % x días / 360. Revisa una anualidad o fracción a la vez; varios años requieren separar cortes, bases y pagos previos.

Comprueba cada factor de los intereses

Carga el caso de base $2.000.000, sin auxilio porque el empleador suministra transporte, y 180 días. La sustitución muestra $1.000.000 de cesantías y $60.000 de intereses anuales proporcionales. Un acuerdo escrito de mensualización exige conciliar recibos: la herramienta bloquea el resultado anual mientras esté seleccionado.

Qué calcula exactamente esta página

  • Cesantías causadas de manera proporcional sobre 360 días.
  • Intereses legales de cesantías a la tasa anual del 12% en proporción al tiempo causado.
  • Escenarios con ajuste manual de SMMLV y auxilio para reflejar el período real.

Información que deberías confirmar antes de usar el resultado

  • Salario base del trabajador y si hubo componentes salariales variables.
  • Días efectivamente trabajados en el período que se está liquidando.
  • Derecho al auxilio de transporte según el tope legal aplicable.
  • Si estás verificando corte anual, retiro definitivo o un anticipo excepcional.

Cómo leer la diferencia entre cesantías e intereses

Las cesantías son una prestación social cuya regla general es la consignación anual al fondo. Los intereses de cesantías, en cambio, son un pago directo al trabajador. Por eso pueden existir errores donde la empresa calcula bien un rubro y el otro no.

Si el resultado de intereses luce bajo, revisa primero los días y luego la tasa aplicada. Si el resultado de cesantías luce bajo, revisa la base salarial y si se excluyó indebidamente el auxilio de transporte cuando aún procedía.

Situaciones que ameritan revisión manual

  • Salario integral, porque la lógica prestacional cambia.
  • Promedios de salario variable cuando hubo comisiones o recargos salariales frecuentes.
  • Cambios de contrato, suspensiones o licencias sin remuneración dentro del período.
  • Anticipos o retiros parciales autorizados por causales especiales.

Checklist de cumplimiento útil para empresas

  1. Verificar fecha de corte del período liquidado.
  2. Comprobar la base salarial y el tope de auxilio.
  3. Calcular cesantías y, por separado, intereses legales.
  4. En el corte anual, consignar cesantías al fondo hasta el 14 de febrero y pagar intereses directamente al trabajador hasta el 31 de enero del año siguiente, ambos inclusive. En retiro se revisa el pago proporcional al terminar.

Errores que puedes comprobar en tu liquidación

  • Multiplicar intereses sobre el salario en vez de hacerlo sobre las cesantías causadas.
  • Usar 12% pleno sin proporción por días trabajados.
  • No separar corte anual de liquidación final del contrato.
  • Suponer que el auxilio entra siempre o que nunca entra, sin revisar el tope.

Mensualización de intereses: un régimen distinto

El artículo 64 de la Ley 2466 de 2025 permite acordar por escrito la mensualización de los intereses al 1 % de la base salarial mensual que corresponda, incluido el auxilio cuando aplique. No es simplemente dividir los intereses anuales de esta calculadora entre doce.

Esta herramienta estima el régimen anual proporcional, no concilia el acuerdo de mensualización ni descuenta esos pagos. Revisa los meses y recibos cubiertos antes de determinar un saldo: no sumes otra vez los intereses anuales y produzcas un doble pago.

Intereses de cesantías para 90, 180 y 360 días

Compara tres períodos independientes de una misma anualidad, con base fija de $2.000.000. No hay auxilio porque el empleador suministra transporte, ni abonos ni acuerdo de intereses mensualizados. Cada resultado muestra cesantías e intereses por separado, no un saldo neto de liquidación.

  • 90 días: cesantías = $2.000.000 x 90 / 360 = $500.000; intereses = $500.000 x 0,12 x 90 / 360 = $15.000.
  • 180 días: cesantías = $1.000.000; intereses = $1.000.000 x 0,12 x 180 / 360 = $60.000.
  • 360 días: cesantías = $2.000.000; intereses = $2.000.000 x 0,12 = $240.000.

Por qué medio año no da la mitad de los intereses anuales

En el régimen anual proporcional se ajustan dos cosas: las cesantías causadas y el tiempo de los intereses. Por eso, con base constante, 180 días dan $60.000 y no $120.000. No apliques el 12 % completo a cesantías de un período parcial ni dividas un resultado anual entre meses para sustituir este cálculo.

La mensualización por acuerdo escrito es distinta: compara sus recibos y períodos con el acuerdo, no con esta tabla como si fueran una deuda adicional. Los rendimientos del fondo tampoco son los intereses legales que paga el empleador.

Caso de control con cesantías e intereses

Con base salarial de $2.000.000, sin auxilio aplicable porque el empleador suministra el transporte, y 210 días causados en una misma anualidad, las cesantías de control son $1.166.666,67. Sin intereses pagados previamente ni acuerdo de mensualización, los intereses proporcionales son $1.166.666,67 x 12% x 210 / 360 = $81.666,67.

Este ejemplo permite detectar un error común: calcular intereses sobre el salario mensual o aplicar 12% completo aunque el período sea parcial. Si tu resultado se parece al salario y no a las cesantías causadas, revisa la base.

Fuentes y trazabilidad

Recursos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las cesantías?

Cesantías = (salario base x días trabajados) / 360.

¿Cómo se calculan intereses de cesantías?

En el régimen anual: intereses = cesantías causadas x días trabajados x 0,12 / 360. Se pagan hasta el 31 de enero del año siguiente. Un acuerdo escrito de mensualización requiere revisar los pagos previos por separado.

¿Cuándo se consignan las cesantías?

La consignación al fondo se realiza a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.